Asociación de Usuarios

¿Qué es la Asociación de Usuarios?

Es una agrupación voluntaria de afiliados sin ánimo de lucro, que velarán por la calidad del servicio y la defensa del usuario.

¿Cómo puede usted participar en la Asociación de Usuarios?

Las personas que deseen participar, deben ser usuarios de la Red, pacientes, familiares, acompañantes, o representantes de la comunidad y deben contar con la disposición e interés de asistir a las reuniones.

¿Por qué es importante asistir a la Asociación de Usuarios?

La participación de la asociación de usuarios es muy importante, pues por este medio se contribuye al mejoramiento de la institución, al cumplimiento de los derechos y deberes de nuestros usuarios y al control sobre la calidad del servicio que se presta en nuestra institución.

Funciones Generales de ASODEUS

Participar en las Juntas Directivas de las empresas promotoras de salud (EPS) e instituciones prestatarias de servicios de salud (IPS), sean públicas o mixtas, para proponer y concertar las medidas necesarias para mantener y mejorar la calidad de los servicios y la atención al usuario.

Mantener canales de comunicación con los afiliados que permitan conocer sus inquietudes y demandas para hacer propuestas ante las juntas directivas de la institución prestataria de servicios de salud y la empresa promotora de salud.


Vigilar que las decisiones que se tomen en las juntas directivas, se apliquen según lo acordado.

Informar a las instancias que corresponda y a las instituciones prestatarias y empresas promotoras, si la calidad del servicio prestado no satisface la necesidad de sus afiliados.


Atender las quejas que los usuarios presenten sobre las deficiencias de los servicios y vigilar que se tomen los correctivos del caso.

Proponer las medidas que mejoren la oportunidad y la calidad técnica y humana de los servicios de salud y preserven su menor costo y vigilar su cumplimiento.


Elegir democráticamente sus representantes ante la junta directiva de las empresas promotoras y las instituciones prestatarias de servicios de carácter hospitalario que correspondan, por y entre sus asociados, para períodos máximos de dos (2) años.

Elegir democráticamente sus representantes ante los comités de ética hospitalaria y los comités de participación comunitaria por períodos máximos de dos (2) años.